Leyes naturales (justicia y gratitud)

La tercera ley de la naturaleza: La Justicia

Que los seres humanos cumplan los pactos que han celebrado. Sin ello, los pactos son vanos y no contienen sino palabras vacías, y subsistiendo el derecho de todos los hombres a todas las cosas, seguimos hallándonos en situación de guerra.

 Donde no ha existido un pacto no se ha transferido ningún derecho y todos los hombres tienen derecho a todas las cosas; por tanto, ninguna acción puede ser injusta. Pero cuando se ha hecho un pacto, romperlo es injusto. La definición de injusticia es: "el incumplimiento de un pacto". En consecuencia, lo que no es injusto es justo.

La justicia y la propiedad comienzan con la constitución del Estado

Ahora bien, como los pactos de mutua confianza, cuando existe el temor de un incumplimiento por una cualquiera de las partes, son nulos, aunque el origen de la justicia sea la estipulación de pactos, no puede haber actualmente injusticia hasta que se elimine la causa de tal temor, cosa que no puede hacerse mientras los seres humanos se encuentran en la condición natural de guerra. Por tanto, antes de que puedan tener un adecuado lugar las denominaciones de justo e injusto, debe existir un poder coercitivo que compela a los hombres, igualmente, al cumplimiento de sus pactos, por temor a algún castigo más grande que el beneficio que esperan del quebrantamiento de su compromiso y, de otra parte, para robustecer esa propiedad que adquieren los hombres por mutuo contrato, en recompensa del derecho universal que abandonan; tal poder no existe antes de erigirse el Estado. Eso mismo puede deducirse también de la definición que de la justicia hacen los escolásticos cuando dicen que la justicia es la voluntad constante de dar a cada uno lo suyo. Por tanto, donde no hay suyo, es decir, donde no hay propiedad, no hay injusticia; y donde no se ha erigido un poder coercitivo, es decir, donde no existe un Estado, no hay propiedad. Todos los seres humanos tienen derecho a todas las cosas y por tanto, donde no hay Estado, nada es injusto. Así que la naturaleza de la justicia consiste en la observancia de pactos válidos; ahora bien, la validez de los pactos no comienza sino con la constitución de un poder civil suficiente para compeler a los hombres a observarlos. Es entonces, también, cuando comienza la propiedad.

 Quien considere razonable engañar a aquellos con quienes hace pactos, no puede razonablemente esperar otros medios de salvación que los que pueda lograr con su propia fuerza. En consecuencia, quien quebranta un pacto y delcara que puede hacerlo con razón, no puede ser tolerado en ninguna sociedad que una a los hombres para la paz y la defensa. Si éste vive en sociedad, es por el errro de los demás seres humanos, error que él no puede preveer ni hacer cálculos a base del mismo. Esos errores van contra la razón de la conservación de la sociedad y todas aquellas personas que no contribuyan a la destrucción del individuo, sólo están perdonando por ignorancia de lo que a ellos mismos les conviene.

 Es contrario a la razón alcanzar la soberanía por la rebelión, porque a pesar de que se alcanzara, es manifiesto que, conforme a la razón, al ganarla en esa forma, se enseña a otros a hacer lo propio. Por consiguiente, la justicia, es decir, la observancia del pacto, es una regla de razón en virtud de la cual se nos prohibe hacer cualquier cosa susceptible de destruir nuestra vida; es por lo tanto, una ley de naturaleza.

La cuarta ley general de la naturaleza: Gratitud

Que quien reciba un beneficio de otro por mera gracia, se esfuerce en lograr que quien lo hizo no tenga motivo razonable para arrepentirse voluntariamente de ello.

 Nadie da sino con intención de hacerse bien a sí mismo, si los seres humanos advierten que su propósito ha de quedar frustrado, no habrá comienzo de benevolencia o confianza ni, por consiguiente, de mutua ayuda, ni de reconciliación de uno con otro. Y así continuará permaneciendo todavía en situación de guerra, lo cual es contrario a la ley primera y fundamental de naturaleza que ordena a los hombres a buscar la paz. El quebrantamiento de esta ley se llama ingratitud y tiene la misma relación con la gracia que la injusticia tiene con la obligación derivda del pacto.

Quinta ley de la naturaleza: Complacencia

Lo que cadea uno se esfuerce por acomodarse a los demás.

Podemos considerar que existe en los hombres aptitud para la sociedad, una diversidad de la naturaleza que surge de su diversidad de afectos; algo similar a lo que advertimos en las piedras que se juntan para construir un edificio. Del mismo modo que cuando una piedra con su aspereza e irregularidad de forma, quita a las otras más espacio del que ella misma ocupa, y por su dureza resulta difícil hacerla plana, lo cual impide utilizarla en la construcción, es eliminada por los constructores como inaprovechable y perturbadora; así también un ser humano que, por su aspereza natural, pretendiera retener aquellas cosas que para sí mismo son superfluas y para otros necesarias,  y que en la ceguera de sus pasiones no pudiera ser corregido, debe ser abandonado o expulsado de la sociedad como hostil a ella. Quienes observan la ley de la conservación de la paz son llamados sociables.

Sexta ley de la naturaleza: El perdón

Dando garantía del tiempo futuro, deben ser perdonadas las ofensas pasadas de quienes, arrepintiéndose, deseen ser perdonados.

 El perdón es garantía de paz, la cual cuando se garantiza a quien persevera en su hostilidad, no es paz, sino miedo; no garantizada a aquel que da garantía del tiempo futuro, es signo de aversión a la paz y, por consiguiente, contraria a la ley de la naturaleza.

Séptima ley: Venganza

En las venganzas los seres humanos no consideren la magnitud del mal pasado, sino la grandeza del bien venidero.

En virtud de ella nos es prohibido infligir castigos con cualquier otro designio que el de corregir al ofensor o servir de guía a los demás.

Fuente: Angélica Martínez
Autor: Thomas Hobbs
Libro: Leviatán

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